viernes, 7 de septiembre de 2007

CLAÚSULAS ESPECIALES

CLAÚSULAS ESPECIALES
Tratándose del contrato de compraventa de un acuerdo de voluntades es posible la inclusión de cláusulas especiales que subordinen a determinadas condiciones o modifiquen como lo juzguen conveniente las obligaciones que nacen de dicho contrato. Entre dichas cláusulas citaremos algunas expresamente i9ncluidas en el Código Civil y sobre cuya interpretación legal no puede existir dudas. Son ellas:

VENTA A SATISFACCION DEL COMPRADOR
Es la que se hace con la cláusula de n haber venta, o de quedar desecha la venta, si la cosa vendida no agradase al comprador
VENTA CON PACTO DE RETROVENTA
Es la que se hace con la cláusula de poder el vendedor recuperar la cosa vendida entregada al comprador, restituyendo a éste el precio recibido, con exceso o disminución.
PACTO DE REVENTA
Estipulación de poder el comprador restituir al vendedor la cosa comprada, recibiendo de él el precio que hubiese pagado, con exceso o disminución.

No hay comentarios: